Fermín Mármol habla sobre el caso de los hermanos García y aclara dudas ante un proceso penal

Fermín Mármol habla sobre el caso de los hermanos García y aclara dudas ante un proceso penal

Los hermanos Rebeca y Francisco García | Foto: @policia

 

Este lunes en la tarde se conoció por parte de un usuario de la red X que los hermanos Rebeca y Francisco García habrían sido retenidos en España, esto luego de hacerse públicos los casos de acoso de los que son acusados.

Fermín Mármol García, abogado criminalista, director del Instituto de Ciencias Penales de la Universidad Santa María explicó que “cuando hablamos de acoso se trata de una conducta repetitiva y constante contra una víctima”.





Por Mundo UR

El acoso o el hostigamiento es un delito menor, produce un daño pero solo el acoso no puede ser perseguido por la autoridad venezolana, la víctima tiene que hacerse acompañar por su abogado con los fines de darle el impulso procesal penal” dijo.

Sin embargo, el criminalista resaltó que “la primera recomendación que se le da a una persona que está siendo acosada es que vaya a la policía municipal y esta pueda generar un precedente y reconstituye pruebas”.

“Estos delitos, insisto, en caso de comprobarse la persona no va a ir privada de libertad en principio, pero sí pueden ser sometidas a un proceso penal que incluye terapia y pueden constituir en un futuro que en caso de una rebeldía procesal esto pueda generar la privación de libertad”, dijo.

 

¿Cómo se aplica la ley de extradición en el caso de los hermanos García que tienen doble nacionalidad?

“Es importante diferenciar los procedimientos de deportación y extradición” dijo y destacó que “la deportación es un proceso que hace el poder ejecutivo de cada país y se hace con turistas o personas ilegales” y, por otra parte, “la extradición es un proceso que debe ir en consulta por parte del juez competente”.

El abogado aseguró que “Venezuela a través del MP introduce esa solicitud ante la cancillería venezolana, esta su vez la introduce ante el reino de España y esa cancillería del reino la envía a los tribunales competentes y ellos evalúan si procede esta extradición”.

“La extradición no solo aplica cuando hay convenios bilaterales, también se puede realizar si no hay convenios, se ve que tan recíproca ha sido la república precedentes recientes y si hay entendimiento judicial entre ambos países” afirmó.

Mármol García destacó que, “el proceso de extradición se debe estar preparando” aunque agregó que personalmente piensa que, “no ha dado tiempo para que la documentación haya pasado de la cancillería al reinado español”.

El criminalista resaltó que “lo que sí se logró fue que el Fiscal General emitiera la probanza pública de que la alerta roja de Interpol está expedida y en el portal de Interpol”.

“La única explicación para que una policía los haya dejado en libertad es que no estaba aún la alerta en la Interpol”, dijo y resaltó que, probablemente “en el momento no estaba la alerta en el portal, pero ya tuvo que haber llegado”.

El abogado comentó que “lo importante es que están plenamente identificados y solicitados por Interpol, el domicilio ya tuvo que haber sido probado, lo que puede ocurrir es que se vayan del país”.

También resaltó que, tratándose de personas con ciertas patologías, “no todas las enfermedades mentales te incapacitan para someterte a un proceso penal”.

“Ya hay librada una orden de captura, una alerta roja, próximamente llegarán los recaudos para solicitar la extradición activa y si eso sucede estas personas llegarán a Venezuela privadas de libertad e inmediatamente serán puestas a la orden de un juez de control penal que debe escuchar a la defensa, fiscalía y observar si hay indicios de insanidad mental” dijo.

Mármol García afirmó que “un juez debe comprobar con psicólogos forenses si hay una enfermedad penal y si hay un impedimento de procesamiento penal se debe ir por un procedimiento de medidas de seguridad, de no ser así se hace un procedimiento ordinario”.