Ley contra Delitos de Odio intensificará persecución política

Ley contra Delitos de Odio intensificará persecución política

REUTERS / Carlos Garcia Rawlins
REUTERS / Carlos Garcia Rawlins

 

La Asamblea Nacional Constituyente (ANC) sigue en pie con la discusión de la Ley contra los Delitos de Odio, Intolerancia y Violencia, propuesta por el presidente Nicolás Maduro. Desde la instancia afirman que la legislación es para aplicar justicia ante las manifestaciones que durante cuatro meses afloraron en el país, lo que despierta el debate de especialistas que cuestionan la estructura en la creación del instrumento y su esencia misma, ya que los sentimientos no son punibles, “sino los hechos”. Mientras que unos expresan que será para la “equidad”, otros aseguran que servirá como un instrumento para castigar a la disidencia contra el Gobierno, reseña La Verdad.

“En primer lugar, la ANC no debe crear leyes porque esto compete al Parlamento. El fin de una constituyente es redactar una nueva Constitución, no dictar leyes. Se están saliendo de sus funciones. Otro aspecto a destacar es que el odio es un sentimiento, y los sentimientos no son punibles, sino los hechos”, explicó a La Verdad el abogado Juan Manuel Raffalli, profesor de la Universidad Católica Andrés Bello (Ucab) y de la Universidad Monteávila (UMA).





Explicó que valorar el odio es muy subjetivo, además la ANC habla “del odio de la derecha”, lo que según él, implica “el peligro de utilizar este instrumento para sancionar a la disidencia”. Generaría “persecución política y eso es inaceptable”.

Detalló que una ley no debe basarse en un hecho -en referencia a las manifestaciones- sino en varios que no estén circunscritos a una situación temporal.

El abogado Jesús Vergara, miembro de la Federación del Colegio de Abogados de Venezuela, subrayó que no se necesita una nueva ley. El odio está en el artículo 285 del Código Penal Venezolano, que dice que aquel que estimule a la “desobediencia de las leyes o al odio entre sus habitantes o hiciere apología de hechos que la ley prevé como delitos, de modo que ponga en peligro la tranquilidad pública, será castigado con prisión de tres años a seis años”.

Considera también que el odio “es algo muy subjetivo. Lo que para mí puede serlo, para otro quizás no”. Resaltó que aplicar esta ley a las manifestaciones es imposible según el artículo 24 de la actual Constitución, ya que se puede discutir solo lo que ocurra después de sancionada la legislación.

Jesús Silva, doctor en Derecho constitucional, refirió que la ley es “positiva” porque sancionará a quienes incitaron el odio en las manifestaciones. “Puede contribuir a erradicar esta perturbación por parte de sectores minoritarios”. No descartó que haya aspectos que arreglar en la estructura del proyecto, pero aseguró que son corregibles.

Redes sociales y medios

LA ANC discute la regulación de las redes sociales para evitar los “mensajes de odio”. La constituyente María Alejandra Díaz dijo que los medios son algunos de los que promueven este sentir. Tinedo Guía, presidente del Colegio Nacional de Periodistas (CNP), expresó que quieren generar temor en su gremio “para que no se digan las verdades que molestan al Gobierno”. Sobre las redes, apuntó que de concretarse, se violaría el derecho a disentir. Carlos Correa, director de la ONG Espacio Público, indicó que pareciera que aplican la “lógica del resentimiento y que pretende victimizar a quienes son victimarios en estos procesos de descalificación comunicacional permanente”.

Exposición con “errores”

En la sesión de este martes, Isaías Rodríguez, vicepresidente de la ANC, criticó la exposición de motivos. Recomendó profundizar porque “tiene errores”. Aconsejó que cuando se hace una legislación no es “sobre un hecho determinado, sino sobre un conjunto de hechos”.